Plusvalía Municipal en Sevilla
Plusvalía en Sevilla — tipo del 26,53% y bonificación escalonada
Bonificación escalonada con techo bajo
Sevilla limita la bonificación del 95% a inmuebles con valor catastral del suelo inferior a €10.000, un umbral muy bajo que excluye la mayoría de viviendas urbanas. Entre €10.000 y €50.000 la bonificación baja progresivamente, y desaparece completamente por encima.
Tipo impositivo compensatorio del 26,53%
Aunque la bonificación es restrictiva, Sevilla aplica uno de los tipos más bajos entre las grandes ciudades (26,53% frente al 30% de Barcelona). Esto mitiga parcialmente el impacto para inmuebles de alto valor catastral.
Límite de €500.000 en el valor total de la herencia
La ordenanza de Sevilla establece un tope de €500.000 en el valor total de la herencia para acceder a cualquier bonificación. Si el conjunto de bienes heredados supera este umbral, no se aplica bonificación alguna.
- ×Asumir que Sevilla ofrece el 95% igual que Barcelona. En Sevilla, el 95% solo aplica si el VCS es inferior a €10.000.
- ×No verificar el límite de €500.000 en el valor total de la herencia antes de solicitar la bonificación.
- ×No comparar con el coste de no aceptar la bonificación: el tipo bajo del 26,53% ya ofrece cierto ahorro.
- Recibo del IBI del Ayuntamiento de Sevilla
- Escritura de adquisición original
- Escritura de aceptación de herencia
- Modelo de autoliquidación del Ayuntamiento de Sevilla
- Certificado de empadronamiento (si se solicita bonificación)
Cómo funciona
Introduce los valores catastrales
Indica el valor catastral del suelo y el valor catastral total del inmueble (consulta tu recibo del IBI).
Selecciona tu municipio
Elige entre los 10 municipios principales o introduce los datos de tu municipio manualmente.
Indica los datos de la transmisión
Selecciona el tipo (venta, herencia o donación) e introduce las fechas y valores de adquisición y transmisión.
Revisa las bonificaciones
Si es una herencia o donación, indica si es vivienda habitual y tu parentesco para aplicar bonificaciones.
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tipo impositivo de la plusvalía en Sevilla?
Sevilla aplica un tipo impositivo del 26,53%, significativamente inferior al máximo legal del 30%. Es uno de los tipos más bajos entre las grandes ciudades españolas.
¿Qué bonificaciones ofrece Sevilla en herencias?
Sevilla aplica bonificaciones escalonadas restrictivas: 95% solo si el valor catastral del suelo es inferior a €10.000, 50% entre €10.000 y €20.000, 30% entre €20.000 y €50.000, y 0% por encima de €50.000. Además, la herencia total no puede superar €500.000.
¿Por qué la bonificación de Sevilla es más restrictiva?
Sevilla limita la bonificación a inmuebles de bajo valor catastral, lo que excluye a la mayoría de viviendas del centro y zonas premium. Un piso con VCS superior a €50.000 no recibe ninguna bonificación, a diferencia de Barcelona (95% para cualquier valor).
¿Dónde se presenta la plusvalía en Sevilla?
Se presenta ante el Ayuntamiento de Sevilla, en la Agencia Tributaria Municipal o mediante la sede electrónica (sevilla.org). Sevilla utiliza un modelo de autoliquidación específico.
¿Compensa heredar inmuebles de alto valor en Sevilla?
En Sevilla, los inmuebles con VCS superior a €50.000 no reciben bonificación, pero el tipo del 26,53% es más bajo que en Madrid (29%) o Barcelona (30%). Esto compensa parcialmente la falta de bonificación para inmuebles de alto valor.
Contexto Legal
Ordenanza Fiscal del IIVTNU del Ayuntamiento de Sevilla. Tipo: 26,53%. Bonificación herencia escalonada: 95%/50%/30%/0% según VCS. Máximo herencia €500.000.
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