Plusvalía Municipal en Sevilla
Plusvalía en Sevilla — tipo del 26,53% y bonificación escalonada
Este cálculo es orientativo y no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. El importe exacto depende de la ordenanza fiscal de su municipio. Consulte con un profesional antes de tomar decisiones fiscales.
Bonificación escalonada con techo bajo
Sevilla limita la bonificación del 95% a inmuebles con valor catastral del suelo inferior a €10.000, un umbral muy bajo que excluye la mayoría de viviendas urbanas. Entre €10.000 y €50.000 la bonificación baja progresivamente, y desaparece completamente por encima.
Tipo impositivo compensatorio del 26,53%
Aunque la bonificación es restrictiva, Sevilla aplica uno de los tipos más bajos entre las grandes ciudades (26,53% frente al 30% de Barcelona). Esto mitiga parcialmente el impacto para inmuebles de alto valor catastral.
Límite de €500.000 en el valor total de la herencia
La ordenanza de Sevilla establece un tope de €500.000 en el valor total de la herencia para acceder a cualquier bonificación. Si el conjunto de bienes heredados supera este umbral, no se aplica bonificación alguna.
- ×Asumir que Sevilla ofrece el 95% igual que Barcelona. En Sevilla, el 95% solo aplica si el VCS es inferior a €10.000.
- ×No verificar el límite de €500.000 en el valor total de la herencia antes de solicitar la bonificación.
- ×No comparar con el coste de no aceptar la bonificación: el tipo bajo del 26,53% ya ofrece cierto ahorro.
- Recibo del IBI del Ayuntamiento de Sevilla
- Escritura de adquisición original
- Escritura de aceptación de herencia
- Modelo de autoliquidación del Ayuntamiento de Sevilla
- Certificado de empadronamiento (si se solicita bonificación)
Cómo funciona
Introduce los valores catastrales
Indica el valor catastral del suelo y el valor catastral total del inmueble (consulta tu recibo del IBI).
Selecciona tu municipio
Elige entre los 10 municipios principales o introduce los datos de tu municipio manualmente.
Indica los datos de la transmisión
Selecciona el tipo (venta, herencia o donación) e introduce las fechas y valores de adquisición y transmisión.
Revisa las bonificaciones
Si es una herencia o donación, indica si es vivienda habitual y tu parentesco para aplicar bonificaciones.
Consulta el resultado
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tipo impositivo de la plusvalía en Sevilla?
Sevilla aplica un tipo impositivo del 26,53%, significativamente inferior al máximo legal del 30%. Es uno de los tipos más bajos entre las grandes ciudades españolas.
¿Qué bonificaciones ofrece Sevilla en herencias?
Sevilla aplica bonificaciones escalonadas restrictivas: 95% solo si el valor catastral del suelo es inferior a €10.000, 50% entre €10.000 y €20.000, 30% entre €20.000 y €50.000, y 0% por encima de €50.000. Además, la herencia total no puede superar €500.000.
¿Por qué la bonificación de Sevilla es más restrictiva?
Sevilla limita la bonificación a inmuebles de bajo valor catastral, lo que excluye a la mayoría de viviendas del centro y zonas premium. Un piso con VCS superior a €50.000 no recibe ninguna bonificación, a diferencia de Barcelona (95% para cualquier valor).
¿Dónde se presenta la plusvalía en Sevilla?
Se presenta ante el Ayuntamiento de Sevilla, en la Agencia Tributaria Municipal o mediante la sede electrónica (sevilla.org). Sevilla utiliza un modelo de autoliquidación específico.
¿Compensa heredar inmuebles de alto valor en Sevilla?
En Sevilla, los inmuebles con VCS superior a €50.000 no reciben bonificación, pero el tipo del 26,53% es más bajo que en Madrid (29%) o Barcelona (30%). Esto compensa parcialmente la falta de bonificación para inmuebles de alto valor.
Contexto Legal
Ordenanza Fiscal del IIVTNU del Ayuntamiento de Sevilla. Tipo: 26,53%. Bonificación herencia escalonada: 95%/50%/30%/0% según VCS. Máximo herencia €500.000.
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